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Contingencia no es argumento para despedir a trabajadores, advierte Abogado

Córdoba-OrizabaAbril 03, 2020
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Orizaba, Ver.- Aquellos trabajadores que hayan sido despedidos de manera injustificada o con el pretexto de la contingencia sanitaria, podrían esperar a que se retomen las actividades en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje para demandar al patrón y este les pague lo que corresponde, señaló el abogado Edgar Herrera Cerón. 

Manifestó que la contingencia que se vive por la pandemia del Covid-19 no es motivo válido para que los trabajadores sean despedidos o bien enviados a sus casas sin el pago correspondiente de su salario, ya que esto violenta la Ley Federal del Trabajo.

“Si bien es cierto que la Organización Mundial de la Salud y la propia Secretaría del Trabajo han hecho recomendaciones en el sentido de que para combatir la pandemia se suspendan labores y los trabajadores sean enviados a sus casas a la cuarentena ordenada, esto no representa que se violente la citada ley”.

Por eso aseguró que si un trabajador se ve en esa situación, puede acudir a las Juntas de Conciliación y Arbitraje para exigir el pago de los derechos que se le hayan violentado.

Aunque recordó que estas dependencias no se encuentran laborando por motivo de la misma pandemia, pero los afectados pueden esperar a que se abran para proceder a interponer su queja.

El abogado reconoció que esta etapa será difícil para las familias que se quedaron sin el sustento, pues tienen la angustia de cómo allegarse los recursos necesarios para salir adelante en esta contingencia.

Dejó en claro que los empresarios o patrones tienen en estos momentos la obligación de garantizar el pago del salario correspondiente, así como la estabilidad en el empleo y eso no es algo que puedan evadir.

Juan José Enríquez

#Covid19

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