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SSPC negó protección a Rubén Rocha Moya

El Servicio de Protección Federal informó vía transparencia que “no se acreditó el cumplimiento de los requisitos, criterios у condiciones necesarias para la procedencia y prestación del servicio”

NacionalMayo 21, 2026
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El Servicio de Protección Federal (SPF), dependiente de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), rechazó la solicitud de brindar custodia al gobernador con licencia de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, quien enfrenta acusaciones por parte de la justicia de Estados Unidos por sus presuntos vínculos con el crimen organizado.

Vía transparencia, el SPF confirmó a El Sol de México que sí se pidió protección para el mandatario con licencia, pero se le negó debido a que “no se acreditó el cumplimiento de los requisitos, criterios y condiciones necesarias para la procedencia y prestación del servicio solicitado”, sin detallar los motivos.

“Derivado análisis técnico, operativo y administrativo realizado por las áreas competentes, dicho servicio no llegó a concretarse ni formalizarse por parte de esta Institución”, fue la respuesta del SPF enviada por el comisario jefe José Alberto de la Cruz Conde.

El marco jurídico del SPF establece que su función principal es brindar servicios de protección, custodia, vigilancia y seguridad a instituciones públicas federales y, en ciertos casos, a personas físicas o morales cuya actividad sea considerada estratégica o relevante para el Estado mexicano.

El reglamento del SPF y los lineamientos emitidos por la SSPC establecen que el Servicio de Protección Federal puede prestar servicios a personas físicas o morales cuando exista riesgo para bienes nacionales, desarrollen actividades concesionadas o permisionadas por el Estado, o sus actividades tengan “relevancia o trascendencia” para el desarrollo nacional.

En la práctica, esto incluye a funcionarios federales en funciones, exfuncionarios con nivel estratégico, candidatos electorales bajo protocolos especiales, diplomáticos, empresarios o actores estratégicos.

Los lineamientos del SPF indican que el procedimiento debe iniciar mediante una solicitud formal dirigida al titular del SPF. La petición debe contener identificación del solicitante, exposición de motivos, descripción del riesgo, tipo de servicio requerido, temporalidad y documentación de respaldo.

Por su parte, el SPF puede realizar análisis de riesgo, verificar la viabilidad operativa, revisar disponibilidad de personal y evaluar si la protección es competencia federal.

Este diario informó previamente que hasta febrero de este año, la administración de Claudia Sheinbaum Pardo ha otorgado servicio de escoltas a 103 funcionarios públicos, una cifra que representa casi una tercera parte del total concedido en el sexenio de Andrés Manuel López Obrador.

La respuesta que el SPF otorgó sobre Rocha Moya contradice lo dicho originalmente por el secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Omar Garcia Harfuch, quien durante una conferencia de prensa celebrada en Culiacán, Sinaloa, el pasado 4 de mayo —cinco días después de que Rocha Moya pidiera licencia— informó que el mandatario contaba con una escolta del SPF.

La versión fue corregida el miércoles 20 de mayo por el propio García Harfuch, durante una conferencia de prensa en la que aclaró que Rocha Moya no ha salido de Sinaloa y cuenta con protección de la policía estatal, con lo que descartó que instituciones del gobierno federal estén involucradas en su custodia.

La Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York presentó cargos penales en contra del gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, y otros nueve funcionarios y exfuncionarios por nexos con el Cártel de Sinaloa. Dicha fiscalía solicitó al gobierno mexicano su aprehensión con fines de extradición, pero la presidenta Claudia Sheinbaum se ha negado a seguir esas instrucciones por considerar que no se han mostrado pruebas contundentes.

EL SOL DE MÉXICO

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