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Insultar en redes ya será castigado en Puebla con hasta tres años de cárcel

* A quienes cometan ‘ciberacoso’ en Puebla se les impondrá hasta tres años de cárcel y una multa de 33,942 pesos. La iniciativa fue aprobada con 35 votos a favor, cinco en contra y una abstención

NacionalJunio 13, 2025
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Insultar a través de las redes sociales en Puebla ya es considerado como delito tipificado como ‘Ciberasedio’, que castiga a quien lo cometa con hasta tres años de cárcel y una multa de 33,942 pesos.

Con 35 votos a favor, cinco en contra y una abstención, fue aprobada la iniciativa denominada ‘Ley de Ciberseguridad’, presentada por el coordinador de gabinete del gobernador Alejandro Armenta, José Luis García Parra.

La propuesta se entregó el 6 de noviembre de 2024, cuando él era diputado plurinominal, pero fue retomada apenas en esta semana y se avaló en la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del estado el miércoles 11 de junio y pasó al pleno este jueves 12.

La panista Susana Riestra se opuso al justificar que esta reforma de ley deja en estado de indefensión a mujeres que denuncian a través de redes sociales violencia vicaria, pues exhiben a los papás de sus hijos.

Desde comisiones, pidió que se analice mejor los alcances de ese delito para que no sea interpretada como una “Ley Mordaza”, sin embargo, su intervención no fue suficiente.

¿Por qué insultar en redes sociales se tipifica como delito en Puebla?

En el artículo 480 de la Ley de Ciberseguridad, que presentó el funcionario estatal, se establece que “comete el delito de ciberasedio quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”.

A quien caiga en este delito se le impondrán penas de once meses a tres años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), vigente en el momento de la comisión del delito.

Se especifica que, cuando la víctima sea menor de edad, “se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico y la sanción se aumentará desde una tercera parte de la pena mínima, hasta dos terceras partes de la pena máxima”.

Quien denuncie la comisión de este delito, será suficiente que justifique que los señalamientos en su contra le causaron un daño emocional o físico para que las autoridades investiguen, incluidas cuentas anónimas.

Esta reforma a la ley se da en un contexto en el que funcionarios del gobierno de Armenta son señalados en redes sociales.

Por ejemplo, hay una cuenta en X, denominada @LaAldeaPoblana que se burla de los funcionarios como el caso de la secretaria de Deportes, Gabriela Sánchez.

Tras meterse con su físico el 30 de mayo pasado, el gobierno del estado, a través de la Secretaría de Mujeres, condenó ese agravio. El 2 de junio, el secretario de Seguridad Pública estatal, Francisco Sánchez, aseguró que la Policía Cibernética ubicó a las personas que están detrás de esa cuenta.

Hay especulaciones sobre quiénes pueden manejar esa cuenta que incluye a tuiteros, reporteros y directores de medios de comunicación.

También tipifican como delito usurpación la identidad y el espionaje

En la Ley de Ciberseguridad también quedaron tipificados otros delitos, así como sus alcances:

  • Ocho años de cárcel en contra de quien usurpe identidad en Puebla
  • Cinco años de cárcel en contra de quien cometa ‘grooming’, que es cuando un adulto se hace pasar como un menor de edad para enganchar a adolescentes con fines de cometer delitos sexuales
  • Tres años de cárcel contra quien cometa espionaje digital en Puebla

Cada uno entrará en vigor una vez que se publique el decreto en el Periódico Oficial del Estado.

EXPANSIÓN POLÍTICA

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