Xalapa, Ver,- Si bien el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) ha terminado en varias ocasiones la existencia de violencia política en razón de género, aún no establece las sanciones que correspondan a quienes la ejercen, de acuerdo con la magistrada presidenta del órgano Claudia Diaz Tablada, las recientes reformas aprobadas en esta materia establecen la inscripción de los agresores al Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, más no las condiciones para establecer la temporalidad que permanecerán en él.
"Es importante tener presente que en el marco jurídico vigente en materia de violencia política en razón de género no establece con precisión las sanciones para los infractores pues el legislador no ha emitido normas que estipulen un mínimo ni un máximo para proceder a su individualización", refirió en la pasada sesión del TEV en la que se resolvieron los asuntos TEV- JDC- 544 y 603 ambos del año 2020.
Si bien resultaron fundados los agravios hechos valer por María Josefina Gallardo, Brenda Flores y Zolia Aguilar, respectivamente en el proyecto propuesto por la ponencia de la magistrada Tania Celina Vazquez Muñoz se contempló ingresar a los actores al registro por un periodo de tres años, pero al no contar con el resto de los votos simplemente se dará vista al OPLE y al INE para ingresar a los actores al Registro Nacional y que sean estos órganos quienes determinen el periodo de permanencia.
Durante su intervención Diaz Tablaba recalcó que se debe contar con la información precisa de las circunstancias imputadas, entre las que destacó: tiempo, modo, lugar de ejecución, el grado de intencionalidad, negligencia y reincidencia.
"Por lo tanto es que en el ejercicio que pudiera ser realizado por este Tribunal para graduar la sanción habría que atender particularmente las circunstancias antes imputadas y establecer las directrices a seguir para estar en condiciones de poder realizar una correcta individualización de la sanción.
Isis Cortez Huerfano