Xalapa, Ver.- La representante legal del Barzón Resistencia Civil de Veracruz, Teresa Carbajal, advirtió que la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el sentido de que el salario es inembargable únicamente en cuanto al smínimo; es decir, poco mas de 3 mil pesos mensuales, y que el monto excedente a éste sí es materia de embargo, precedente que ya está siendo utilizado en los casos de deudas civiles.
“Este tipo de embargos tendrá vigencia en cualquier tipo de deuda, cuando se trate de créditos hipotecarios, automotriz, así deban la renta porque es una obligación de carácter civil, puede hacer sujeto el embargo; el temor y el llamado es a estar pendientes porque sabemos que este hecho va a marcar un precedente para que de ahora en adelante todos los acreedores puedan obtener el pago a través del salario del deudor”.
Y es que dijo el caso que sentó el precedente se registró en este capital, trabajador de la Secretaría de Educación de Veracruz (SEV) que mantiene un adeudo con un tienda departamental y que fue sentenciado al pago por la vía mercantil, por una deuda poco mayor a 60 mil pesos, además de los costos generados por el juicio.
“La empresa giró un oficio al pagador de nóminas de la Secretaría de Educación de Veracruz para que se proceda de manera inmediato al descuento del excedente del salario hasta en un 30 por ciento y que se diera la totalidad liquidación que este xalapeño presentaba”.
Recordó que anteriormente se aplicaba una cobranza extrajudicial a través de llamadas o cartas incluso visitas a domicilio.
“Los 102.68 pesos a que equivale el salario mínimo dan un total de 3 mil pesos al mes se debe considerar inembargable, pero el excedente de esa cantidad que fuera recibida por los trabajadores, con la limitante de hasta el 30 por ciento, sí podía ser motivo de embargo para cubrir sus deudas de tipo civil o mercantil”.
Isis Cortez Huerfano