La Fiscalía recurrirá la sentencia que condenó al futbolista Dani Alves a cuatro años y medio de prisión por violar a una joven de 23 años en los baños de la discoteca Sutton de Barcelona la noche del 30 de diciembre de 2022.
En concreto, el Ministerio Público pedirá al tribunal que retire la atenuante de reparación del daño a la víctima contemplado en la sentencia después de que el acusado depositara 150.000 euros de indemnización antes del juicio. La pena de 4 años y medio para Alves es la mínima interpuesta por violación.
Fuentes de la Fiscalía han explicado este viernes que aún estudia los argumentos concretos del recurso que presentará, aunque el aspecto básico del escrito será esgrimir que ese depósito de 150.000 euros no debe considerarse como reparación del daño y computar como atenuante.
Es decir, el Ministerio Público considera que no procede la aplicación de la atenuante de reparación del daño con el pago de estos 150.000 euros -dinero proveniente del padre de Neymar, ya que Alves tiene las cuentas bloqueadas en Brasil por un litigio con su ex mujer- y que contribuyeron a rebajar la pena final al futbolista.
El tribunal que condenó al brasileño considera probado que "el acusado cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y evitando que pudiera moverse la penetró vaginalmente, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir". Y entiende que "con ello se cumple el tipo de ausencia de consentimiento, con uso de la violencia, y con acceso carnal".
En una sentencia conocida la semana pasada, el tribunal le impuso una pena de 4 años y medio de prisión, una condena mínima influida por dos factores determinantes: primero, que se aplicó el primer redactado de la ley del solo sí es sí que rebajaba a 4 años el mínimo por agresión sexual (ahora son 6); y segundo, por la atenuante de reparación del daño con el pago de 150.000 euros, determinante para fijar la horquilla más baja de la pena.
La Fiscalía había reclamado una condena de 9 años de cárcel para Alves -el doble que la impuesta- y la acusación particular, que ejerce la denunciante, elevó la petición a 12, el máximo que contempla la ley.
En cambio, la defensa del ex futbolista había reclamado que esta fianza computara como atenuante muy cualificada, lo que habría rebajado el abanico de penas que se le podían imputar a entre 2 y 4 años, una opción que el tribunal descartó.
En su impugnación, la defensa de Alves volverá a apostar por esta vía. En este sentido, en un recurso de aclaración a la sentencia también pidió añadir a los hechos probados que el jugador estaba ebrio, lo que podría suponer otro atenuante. Un aspecto que el tribunal rechazó.
Por su parte, aún está por ver si la víctima recurrirá el fallo. Preguntada por ello cuando trascendió la sentencia, la abogada Ester García indicó que debe valorarlo con su clienta, pero cree que "desde un punto de vista jurídico debería
recurrirse".
Sí criticó la atenuante por reparación del daño que ha aplicado la sentencia por la consigna de 150.000 euros que hizo Alves a modo de indemnización antes del juicio, que cree que no debería aplicarse: "Nos preocupa un poco que se transmita a la sociedad el hecho de que las personas que puedan tener una capacidad económica importante puedan ver reducida su pena si pueden consignar una cantidad importante".
"Para mí es una pena baja, en este despacho profesional se llevan muchísimos casos de violencia sexual y es la pena más baja que hemos tenido en más de 20 años", zanjó.
EL MUNDO