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Determina CEDH: Policías de Orizaba sí mataron a los 2 hermanos profesionistas

Córdoba-OrizabaOctubre 16, 2020
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Orizaba, Ver.- La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) determinó mediante una investigación que los seis policías municipales de Orizaba, sí ejecutaron a los dos hermanos profesionistas Román y Ernesto Pérez, luego de que los confundieran con presuntos delincuentes, pero además, alteraron la escena del crimen. 

A través de la recomendación 152/20, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) acreditó la violación del derecho a la vida en contra del maestro Román Pérez de 31 años y del odontólogo de 33 años, Ernesto Pérez, presuntamente ejecutados por la Policía Municipal de Orizaba en noviembre de 2018.

Esa resolución, la emitió el organismo, el pasado 9 de septiembre de 2020, donde la CEDH igual determinó que el Ayuntamiento de Orizaba no inició una investigación interna derivada de los hechos y por lo tanto violó el derecho a la seguridad jurídica de las víctimas.

El personal de la defensoría pública documentó los hechos que ocurrieron el 1 de noviembre de 2018 a las 5 de la madrugada, cuando efectivos de la Policía Municipal abrieron fuego contra los dos profesionistas afuera de su domicilio en colonia Electricistas de Orizaba.

A casi un año después, Derechos Humanos determinó que la Policía Municipal disparó de manera injustificada contra los hermanos Román y Ernesto y de igual forma, los elementos negaron proporcionar auxilio a la madre de las víctimas, quien pidió una ambulancia para socorrer a sus hijos.

En el documento que obra en poder de la redacción, expone que: “la autoridad no probó que la persecución y el uso de la fuerza letal contra las víctimas estuviera justificado”.

La carpeta de investigación refiere además que los involucrados dieron positivos para plomo y bario en ambas manos, es decir, sí detonaron armas de fuego contra Román y Ernesto; por lo que los policías municipales de Orizaba, Abraham “N”, Jesús “N”, Jaime “N”, Álvaro “N”, Marco Antonio “N” y Pedro “N” fueron vinculados a proceso por el delito de homicidio doloso, hasta el momento no han declarado en torno a los hechos.

En el dictamen determinó a la vez que uno de los proyectiles localizados en el cuerpo de uno de los hermanos (Román) correspondía a un arma de fuego bajo resguardo de uno de los agentes; sin embargo, la CEDH advierte que en el caso de los proyectiles retirados de Ernesto “no fue posible contar con la información suficiente para determinar la marca, calibre y tipo de arma que realizó tal disparo”.

Asimismo se cuenta con un video grabado desde un celular donde se explica que personas vestidas con uniforme y en voz alta, expresan: “no era, güey”, durante la refriega en la colonia Electricistas.

“En la grabación se observan diversas personas con uniformes de policía que pasan corriendo sobre la calle y hablando en voz alta, lográndose escuchar que uno de ellos pronuncia la frase “no era, güey”. Se pueden identificar las luces características de las patrullas de policía, sonidos de sirenas y alarmas de autos, así como diversas detonaciones de armas de fuego”.

Debido a ello, no se ha probado los hermanos hayan incurrido en alguna conducta que ameritara el uso de la fuerza en su contra ni que en ese momento alguno de ellos hubiese portado o utilizado un arma de fuego para agredir a los policías municipales.

Derechos Humanos incluye en la recomendación de la probable alteración de la escena del crimen de Román y Ernesto; y en donde sus cuerpos habían sido movidos y se les “sembró” un arma de fuego; esto igual lo notificó Servicios Periciales en su informe con fecha 2 de noviembre de 2018.

Asimismo, Derechos Humanos reveló que el Ayuntamiento de Orizaba no informó sobre la implementación de algún procedimiento de responsabilidad administrativa para el esclarecimiento de los hechos que involucraron a servidores públicos municipales en la muerte de Román y Ernesto.

Por ello, en el pliego de la recomendación 152/2020, Derechos Humanos solicitó al Ayuntamiento de Orizaba pagar una compensación a los padres de Ernesto y Román, la cual deberá contemplar: la reparación del daño moral; el daño emergente; y el lucro cesante ocasionado a las víctimas.

De la misma manera, recomendó realizar un reconocimiento público de responsabilidad con motivo de los hechos en los que elementos de la Policía Municipal privaron de la vida injustificadamente a Ernesto y Román, al mismo tiempo deberán ofrecer una disculpa pública a sus seres queridos.

Juan José Enríquez

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