Circulan por WhatsApp audios con voces femeninas que de manera mal intencionada difunden información falsa, donde se alerta a la ciudadanía sobre el riesgo inminente del derrumbe de la totalidad o una parte de Plaza Ánimas. Es muy lamentable que las personas que están orquestando esta campaña de terror, pánico y sabotaje no midan las consecuencias de sus malos actos. Igual de lamentable y preocupante es que personas sin verificar la información, ni razonarla siquiera, se presten a difundir ese tipo de mentiras a través de sus teléfonos celulares a todos sus contactos.
La autoridad municipal ha sido muy puntual en informar y advertir que sólo es una parte del estacionamiento la que sufre daños (sin posibilidad de derrumbe) y que como un acto responsable de prevención se procedía a su clausura para que se tomaran las acciones pertinentes, y evitar así una tragedia con las consecuentes pérdidas materiales y, lo que sería peor, de vidas humanas.
Autoridades del Ayuntamiento de Xalapa y la Administración de Plaza Ánimas trabajan en conjunto para dar pronta solución a la problemática que presenta la parte del estacionamiento que está dañada y se encuentra clausurada. Están a la espera del peritaje de expertos para actuar en consecuencia y poner punto final a la clausura y la molestia de los usuarios del centro comercial.
No se debe dejar pasar que quienes orquestaron la campaña de audios cometieron los delitos de terrorismo y sabotaje y que deberían comparecer ante la autoridad competente. Con su actitud nefasta han logrado sembrar miedo en numerosas personas, quienes han dejado de asistir a la Plaza, con las consecuencias que esto implica, afectando directamente a locatarios, empleados y familias que subsisten debido a su actividad comercial en ese espacio.
El Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave en el capítulo V artículo 311 dice: “TERRORISMO. A quien utilizando explosivos, substancias tóxicas, armas de fuego o por incendio, inundación o por cualquier otro medio realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios al público, que produzcan alarma, temor, terror en la población o en un grupo o sector de ella, para perturbar la paz pública o tratar de menoscabar la autoridad del Estado o presionar a ésta para que tome una determinación, se le impondrán de tres a treinta años de prisión, multa hasta de setecientos cincuenta días de salario y suspensión de derechos políticos hasta por cinco años. A quien, conociendo las actividades de un terrorista y su identidad, no lo haga saber a las autoridades se le impondrán de uno a nueve años de prisión y multa hasta de ciento cincuenta días de salario”.
También el mismo Código en el Capítulo VI, artículo 314 dice: “SABOTAJE. Se impondrán de dos a veinte años de prisión, multa hasta de ciento cincuenta días de salario y suspensión de derechos políticos hasta por tres años a quien, con el fin de trastornar gravemente la vida económica o cultural del Estado o alterar su capacidad de asegurar el orden público, dañe, destruya o entorpezca”.
Esos dos delitos son los que cometieron quieres grabaron los audios, los distribuyeron y fueron cómplices las personas que los difundieron sin cerciorase si la información era cierta o falsa.
¡No hagamos caso a esos audios ni demás comentarios llenos de falsedades y sandeces! Acudamos a Plaza Ánimas con normalidad, simplemente sigamos las indicaciones de protección civil y evitemos usar la zona acordonada.
Por: César Jiménez Martínez